FORMULARIO ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REPORTE DE NOVEDADES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES

El pasado 29 de enero del año 2024, el Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución 147, adoptó un nuevo Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales, con el fin de garantizar la adecuada afiliación y reporte de novedades de trabajadores dependientes, independientes, estudiantes y personas que realizan otras actividades, teniendo en cuenta con estas nuevas disposiciones modalidades de trabajo que a la fecha se encuentran reglamentadas, como lo son el trabajo en casa y trabajo remoto, así como la adecuación del formato al cumplimiento de diferentes disposiciones normativas y pronunciamientos jurisprudenciales emitidos en el segundo semestre del año 2023.

Razón por la cual el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante el nuevo Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales, realiza modificaciones sustanciales al que ya existía con la Resolución 978 de 2023, que a la fecha se encuentra derogado, con el fin de poder precisar información que no sea discriminatoria sobre el sexo del afiliado, circunstancias precisas de tiempo, modo y lugar de la actividad laboral que se encuentra desarrollando el afiliado, así como la licencia parental.

Disposiciones que serán aplicables a las administradoras de riesgos laborales, a los aportantes obligatorios y voluntarios al Sistema General de Riesgos Laborales, a las entidades territoriales certificadas en educación, a las instituciones de educación, a las escuelas normales superiores, a las entidades, empresas o instituciones públicas o privadas donde se realicen prácticas por parte de los estudiantes, a las entidades del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta, a la entidad o persona natural contratante que suscriba convenios o contratos para la modalidad de trabajo penitenciario indirecto, y entidades públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y/o no gubernamentales que dispongan plazas para la prestación de servicios de utilidad pública como pena sustitutiva de la prisión.

Cuya vigencia empezara a regir a partir del primer día hábil del mes siguiente a su publicación, siendo las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo, quienes ejerzan las labores de inspección, vigilancia y control.