POLÍTICA PÚBLICA DE TRABAJO DIGNO Y DECENTE EN COLOMBIA

El pasado 19 de Diciembre del año 2024, el Ministerio del Trabajo emitió el Decreto 1527, a través del cual se adiciona el Título 2 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, con el fin de adoptar la Política Pública de Trabajo Digno y Decente para promover la generación de empleo e ingresos dignos, la formalización laboral, la protección social, las transiciones justas, las libertades sindicales y el diálogo social, como derechos a los que deben acceder las personas trabajadoras en el mundo del trabajo, en particular los derechos fundamentales del trabajo que se derivan de los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo debidamente ratificados por Colombia.

El objeto de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente es promover la creación de empleo e ingresos dignos, extender la protección social, salvaguardar los derechos fundamentales del trabajo, fortalecer el diálogo social en todas sus esferas y el tripartismo, generar entornos laborales saludables y seguros, así como las transiciones justas comprometidas con el cierre de brechas de género, mediante la articulación institucional y territorial, que permita reconocer, entre otros, la importancia del sector rural y el deber de prestar asistencia técnica en éste y otros sectores del trabajo, la cual se implementará con los enfoques diferenciales, en consideración a la dignidad de la persona trabajadora como centro de la relación laboral y fortaleciendo la capacidad de los actores sociales en el mundo del trabajo para la negociación colectiva y el diálogo social.

De igual manera la Política Pública de Trabajo Digno y Decente se implementará en todo el territorio nacional y está destinada a todos los trabajadores y trabajadoras del mundo y de las relaciones de trabajo, con inclusión de las personas en formación, los aprendices, voluntarios, trabajadores de la economía formal e informal, la economía rural, economías populares, solidaria, comunitaria y del cuidado, entre otros.

Deberá tenerse en cuenta que la Política Pública de Trabajo Digno y Decente tiene unos objetivos específicos, en cuya redacción se tendrán en cuenta las definiciones que contempla la norma, enfocada en derechos humanos, derechos humanos de las mujeres, enfoque de género, enfoque de discapacidad, enfoque de interseccionalidad, enfoque diferencial, enfoque de curso de vida, enfoque poblacional, enfoque territorial, enfoque antirracista, enfoque de debida diligencia en las empresas, enfoque medio ambiental para las transiciones justas.

Política Pública de Trabajo Digno y Decente que contara con cuatro dimensiones, así: (i) la promoción de empleo e ingresos dignos, (ii) extensión de la protección social, (iii) garantía de los derechos fundamentales del trabajo y (iv) ejercicio de diálogo social y tripartito.

Con el fin de generar la promoción de la generación de empleo digno y decente y la constante mejora de ingresos de los trabajadores y trabajadoras, sin discriminación alguna, a partir de la garantía de condiciones laborales justas, equitativas y dignas, y la orientación y formación profesional, mediante las siguientes líneas de acción:

• Línea de acción para generación del empleo.
• Línea de acción para formalización del empleo.
• Línea de acción para la promoción de empleo e ingresos dignos para el sector rural.
• Línea de acción para la promoción de la protección social.
• Línea de acción para la extensión de la seguridad social.
• Línea de acción para la promoción y prevención de los riesgos laborales.
• Línea de acción para la promoción de la protección social del sector rural y para la paz.
• Línea de acción para la promoción de los derechos fundamentales.
• Línea de acción para el cumplimiento de los derechos fundamentales en el sector rural.
• Línea de acción para el cumplimiento de los derechos fundamentales.
• Línea de acción para la promoción de la organización social.
• Línea de acción para el fortalecimiento del dialogo social.

Para lo cual, las entidades del orden nacional y territorial, organizaciones de trabajadores y trabajadoras, de empleadores, los sectores empresariales y productivos, el sector social, popular y solidario y de los diferentes territorios del país serán los encargados de la implementación de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente.

Caso en el cual, el Ministerio del Trabajo y los Entes Territoriales promoverán estrategias y acciones de divulgación y promoción de la Política Nacional de Trabajo Decente, de manera coordinada a nivel nacional y territorial, entre sectores público, privado, social y solidario, con el fin de incrementar la capacidad y eficiencia del Estado, la participación de la sociedad y dar cumplimiento a sus objetivos, estrategias y metas.

Donde los sectores y entidades, de acuerdo con sus competencias, podrán definir la inversión para la implementación de la Política Pública de Trabajo Digno y Decente, en las políticas, planes, programas y proyectos, según sus planes operativos anuales de inversión.

Disposiciones que rigen a partir de la fecha de su publicación y adiciona el Titulo 2 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo.